Justicia en aprietos. Payo pide mismo privilegio de Tío Rico. Celular en la cárcel

La justicia paraguay afronta una dura prueba donde deberá resolver nada más y nada menos referente a lo que expresa la Constitución Nacional en su artículo 47, sobre la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley.

02/06/23 – Asunción – Paraguay

La defensa de Paraguayo Cubas presentó ante la justicia un pedido para que se le autorice la utilización de un teléfono celular en su lugar de reclusión, la Agrupación Especializada.

En el escrito presentado por la abogada Gessy Ruíz Díaz, se recuerda la disposición del propio juez Julián López, cuando en su resolución determinó que Cubas guarde reclusión en libre comunicación.

Esta petición es una prueba para los representantes de la Justicia, considerando que el Artículo 47 de la Constitución Nacional es contundente cuando habla sobre el derecho a la igualdad que tienen los ciudadanos ante la ley.

Y es que, al concederse la autorización a Miguel Insfran alias Tio Rico para utilizar el aparato celular en su lugar de reclusión, habría que ver si en el caso de Paraguayo Cubas la Justicia falla como establece el artículo 47 de la Constitución Nacional, en igualdad de derecho o privilegio o si toma otra determinación.

ARTICULO 47 – DE LAS GARANTIAS DE LA IGUALDAD

El Estado garantizará a todos los habitantes de la República:

1. la igualdad para el acceso a la justicia, a cuyo efecto allanará los obstáculos que la impidiesen;

2. la igualdad ante las leyes;

3. la igualdad para el acceso a las funciones públicas no electivas, sin más requisitos que la idoneidad, y

4. la igualdad de oportunidades en la participación de los beneficios de la naturaleza, de los bienes materiales y de la cultura.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *