La importante lección de la magistrada Leticia de Gásperi durante juicio a médico por negligencia

26/05/21 – Sa Lorenzo – Paraguay

Tribunal de sentencia de San Lorenzo; Julio César Granada Fleitas (Presidente), Leticia de Gásperi y Gloria Garay (Miembros)

La abogada Leticia de Gásperi, integrante del tribunal de sentencia N° 1 de la circunscripción judicial del departamento Central, tuvo una destacada participación durante el juicio oral y público desarrollado el lunes 24 de mayo del año 2021 en el palacio de Justicia de San Lorenzo, donde fue condenado el médico uruguayo Miguel Ángel Cabarcos Vieyto por homicidio culposo estipulado en el artículo 107 del código penal paraguayo, al comprobarse que tuvo responsabilidad en la muerte del niño Alexander de tan solo 4 años de edad, a quien operó de una amigdalectomía y adenoidectomia en un sanatorio privado de San Lorenzo en Junio del año 2016.

Y es que en sus alegatos finales, el Abog. Arsenio Centurión defensor técnico del profesional médico acusado, puso en dudas el nexo causal, es decir, entre la cirugía y la muerte del menor Alexander, alegando que falleció a raíz de una neumonía comunitaria y no a consecuencia de una mala praxis, para justificar su petición de absolver de toda culpa y pena a su cliente.

Veredicto del tribunal de sentencia

“El paciente es una entidad clínica”

Durante su intervención, la jueza Leticia de Gásperi, abordó una cuestión sumamente importante que los profesionales médicos deben indefectiblemente tener en cuenta a la hora de tratar a los pacientes antes y después de una intervención quirúrgica, a parte de los exámenes laboratoriales y los exámenes físicos previos, dijo que el paciente es “una entidad clínica”, (entiéndase; el médico es responsable del estado de salud general del paciente).

Leticia de Gásperi – Jueza

Textuales;

“Y mucho más habiéndole dado el alta, ahí es donde se da el hecho causal, porque su paciente es una entidad clínica, no es garganta, no es que acá terminó, le operé, salió, ahí está depositado en la cama y ya sos del mundo, no; el era responsable de ese chico hasta el alta verdadera, no el alta de salir de la sala”

La magistrada hizo hincapié en que los profesionales de la medicina son responsables de sus pacientes hasta su restablecimiento total luego de una cirugía, que no pueden abandonar el centro asistencial sin que se compruebe fehacientemente de que están en óptimo estado de salud, regla de vital importancia que no puede ser incumplida ni a falta de recursos económicos de los familiares para salvaguardar la vida de las personas.

Y es precisamente lo que se comprobó claramente en el desarrollo del histórico juicio oral y público, donde el niño Alexander fue dado de alta a pesar de los dolores y sangrado por la boca que presentaba inmediatamente después de la operación. Si hubiese quedado un día más en observación, el menor hubiera presentado síntomas y pudo haberse salvado afirmó la jueza De Gásperi.

Los demás miembros del tribunal de sentencia fueron Julio César Granada Fleitas y Gloria Garay quienes también votaron por la condena a 5 años de prisión del médico.

Antecedentes del caso

La vida de un niño alegre de apenas 4 años edad terminó drásticamente en un sanatorio privado de San Lorenzo el 13 de junio del año 2016. Luego de una intervención quirúrgica por amigdaletomía y adenoidectomía, que estuvo a cargo del doctor Miguel Ángel Cabarcos Vieyto, en el sanatorio Santo Domingo, de San Lorenzo el 10 de junio de 2016, Alexander falleció tres días después, tras ser derivado a otro sanatorio por múltiples complicaciones. Sus padres, Ramón Benítez Larroza y Gloria María Cabral de Benítez, son oriundos de la ciudad de Curuguaty.

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