Piden suspender subsidio público a las personas procesadas por invasión

26/08/21

Fidel Zavala

Un grupo de senadores presentaron un proyecto de ley “que modifica el artículo 98 de la ley n° 1863/2002 “que establece el estatuto agrario”.

El presente proyecto de ley tiene por objeto ampliar la actividad disuasiva del Estado a la invasión de inmueble ajeno, por vía de suspender el otorgamiento de cualquier tipo de subsidio público a ciudadanos o habitantes sobre los que pesa sospecha fundada, en el marco de una investigación penal iniciada por el Ministerio Público, de ser autores o partícipes de los mismos.

Parte del proyecto reza que la invasión de inmueble ajeno al tiempo de ser un hecho punible, constituye un flagelo económico y social que debe ser abordado con rigor y consistencia desde este poder del Estado con miras a desestimularlo. En este sentido, se ha visto como insuficiente la disuasión penal, siendo necesario añadir disuasiones económicas a dicha actividad disvaliosa de modo a alterar el esquema actual de ponderación de conductas que, clara-mente, no está logrando el objetivo de erradicarla.

También señal que la disuasión económica que se propone es consistente con la decisión del constituyente de garantizar la propiedad privada en la Constitución, y del Estado paraguayo de reprimir su violación a través de su máximo instrumento punitivo: el Código Penal, al proveer que ese mismo Estado no alimente económicamente a quienes están socavándolo.

Fidel Zavala, uno de los proyectistas asegura que “es inadmisible que quienes atentan contra la propiedad privada, garantizada por la Constitución Nacional, reciban beneficio alguno costeado por el bolsillo del contribuyente”, declaró el legislador Zavala.

Los congresistas que presentaron el pedido a la Cámara son: Enrique Riera, Fidel Zavala, Georgia Arrúa, Stephan Rasmussen, Fernando Silva Facetti, Sergio Godoy, Antonio Barrios, Enrique Bacchetta y Patrick Kemper. Los mismo que presentaron otro proyecto de ley “que modifica el artículo 142 del Código Penal, con la intención de incrementar la pena, específicamente, para el hecho punible de la “invasión de inmueble ajeno”, elevando la condena privativa de libertad hasta 6 años, y en caso de que se produzca daño patrimonial, que la pena llegue hasta 10 años de cárcel.

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