Las muertes del docente y del líder de Yapó deben ser esclarecidas

Un operativo que deja dos muertos y demasiadas preguntas sin respuestas

15/08/2026 – Corpus Christi, Canindeyú

La muerte de Antonio Carrillo Mancuello, líder de la comunidad de Yapó, y del docente Lic. Catalino Ramón Correa Acevedo, durante un operativo de la Secretaría Nacional Antidrogas (SENAD) y la Fuerza de Tarea Conjunta (FTC), no puede quedar reducida a una escueta versión oficial que hable simplemente de un “enfrentamiento”.

Dos personas murieron. Dos familias quedaron de luto. Y una comunidad entera exige saber exactamente qué ocurrió en aquel camino vecinal de la colonia Yapó, distrito de Corpus Christi.

Las autoridades califican el procedimiento como exitoso, pero el principal objetivo del despliegue, Felipe Santiago Acosta Riveros, alias “Macho”, no fue capturado. En cambio, quienes terminaron muertos fueron dos personas conocidas en la zona.

Por eso, antes de celebrar resultados, corresponde investigar, reconstruir los hechos y presentar pruebas.

¿HUBO REALMENTE UN ENFRENTAMIENTO?

El informe oficial sostiene que Carrillo y Correa fueron abatidos después de las 14:00 del viernes 14 de agosto tras producirse un enfrentamiento con las fuerzas intervinientes.

Si efectivamente existió un intercambio de disparos, las evidencias materiales deberían permitir comprobarlo.

¿Los vehículos de la SENAD y la FTC presentan impactos de proyectiles? ¿Cuántos disparos fueron realizados desde cada posición? ¿Qué determinarán las pericias balísticas sobre las armas incautadas? ¿Existen residuos de disparo en las manos o prendas de los fallecidos?

También debe aclararse la versión de que uno de los intervinientes habría recibido un disparo en el chaleco antibalas.

Si esto ocurrió, debe establecerse qué arma efectuó ese disparo, qué calibre tenía el proyectil, dónde impactó y qué características de protección tenía el chaleco.

No corresponde sacar conclusiones anticipadas. Corresponde hacer pericias.

¿A QUÉ DISTANCIA FUERON ABATIDOS?

La autopsia y las pericias forenses deben determinar la trayectoria de los proyectiles y la distancia aproximada desde la cual fueron realizados los disparos que provocaron ambas muertes.

Este dato es fundamental.

También debe reconstruirse la posición de las víctimas y de los agentes en el momento de los disparos, determinar la cantidad de impactos recibidos y establecer si las evidencias son compatibles con la versión oficial de un enfrentamiento.

La ciudadanía tiene derecho a conocer esos resultados.

¿LES ORDENARON DETENERSE?

Otra pregunta elemental todavía necesita una respuesta clara:

¿Los intervinientes dieron una orden inequívoca para que el automóvil se detuviera antes de abrir fuego?

Si existió esa advertencia, debe precisarse cómo se realizó, quién la impartió y qué ocurrió inmediatamente después.

Las fotografías y evidencias del vehículo, las comunicaciones operativas y los testimonios de quienes participaron del procedimiento pueden resultar determinantes para reconstruir esos segundos cruciales.

¿QUÉ VÍNCULO TENÍAN CON “MACHO”?

Las autoridades también deben presentar las evidencias que sustenten cualquier supuesto vínculo de Carrillo Mancuello y Catalino Correa con Felipe Santiago Acosta Riveros.

No bastan sospechas, versiones o afirmaciones posteriores al procedimiento.

Si existían investigaciones previas, comunicaciones, seguimientos, documentos u otros elementos que vincularan a los fallecidos con el hombre buscado, esas evidencias deberán ser incorporadas legalmente a la investigación.

La muerte de una persona no convierte automáticamente en cierta cualquier acusación formulada contra ella.

¿LAS ARMAS ESTABAN EN PODER DE LOS FALLECIDOS?

Según la versión oficial, fueron incautados dos fusiles semiautomáticos calibre 7,62 mm.

Aquí aparece otra cuestión fundamental:

¿Puede demostrarse científicamente que esas armas estaban efectivamente en poder de los fallecidos y que fueron disparadas durante el supuesto enfrentamiento?

La Fiscalía deberá preservar y peritar las armas, vainillas, proyectiles y demás evidencias encontradas en el lugar.

Las pruebas balísticas y forenses deben hablar por encima de cualquier relato.

¿QUÉ PARTICIPACIÓN TUVO LA FISCALÍA?

También corresponde determinar cuál fue la intervención del Ministerio Público.

¿La Fiscalía conocía previamente el operativo? ¿Existía una orden judicial? ¿Qué fiscal estuvo informado? ¿A qué hora fue comunicado de las muertes? ¿Quién realizó el levantamiento de los cuerpos y la recolección de evidencias?

La cadena de custodia será fundamental.

Un procedimiento que termina con dos personas muertas por disparos de agentes estatales exige el máximo nivel de transparencia e independencia investigativa.

LAS DENUNCIAS DE LOS INDÍGENAS NO PUEDEN SER IGNORADAS

Especialmente graves son las denuncias surgidas desde la comunidad de Yapó sobre supuestas torturas y ejecuciones.

Son acusaciones de enorme gravedad y, precisamente por eso, no deben afirmarse como hechos comprobados ni descartarse sin investigar.

El Ministerio Público debe indagar esas versiones, tomar declaraciones a los testigos, realizar las autopsias correspondientes y preservar todas las evidencias.

Si las denuncias son falsas, una investigación seria deberá demostrarlo.

Si tienen fundamento, los responsables deberán responder ante la Justicia.

UNA VERSIÓN QUE TAMBIÉN DEBE SER INVESTIGADA

Otro elemento que merece especial atención es la versión según la cual el abogado Aguayo, vinculado a la firma Americana, habría convocado a Carrillo al lugar donde posteriormente fue abatido.

Por ahora se trata de una versión que debe ser corroborada.

Pero precisamente por su gravedad, corresponde investigar llamadas, mensajes, registros telefónicos y testimonios que permitan determinar si efectivamente existió esa convocatoria, cuál fue su motivo y si guarda alguna relación con el operativo.

Si Carrillo fue citado previamente al lugar, la ciudadanía merece saber quién lo convocó, para qué y quiénes conocían anticipadamente que estaría allí.

EL ESTADO NO PUEDE INVESTIGARSE A SÍ MISMO ENTRE CUATRO PAREDES

No se trata de defender anticipadamente la inocencia de los fallecidos ni de condenar sin pruebas a los agentes que participaron del procedimiento.

Se trata de algo mucho más elemental:

dos ciudadanos murieron por disparos de fuerzas estatales y el Estado tiene la obligación de explicar, con pruebas, por qué murieron.

La SENAD y la FTC poseen armas, inteligencia, entrenamiento y todo el aparato coercitivo estatal. Precisamente por ese poder, sus actuaciones deben estar sometidas al más estricto control legal.

Cuando un operativo termina con muertos, la palabra oficial no puede ser considerada prueba suficiente de sí misma.

Necesitamos autopsias.

Necesitamos balística.

Necesitamos reconstrucción del hecho.

Necesitamos determinar las trayectorias y distancias de los disparos.

Necesitamos conocer las comunicaciones de los intervinientes.

Necesitamos preservar videos, fotografías, armas, vainillas y vehículos.

Necesitamos escuchar a los testigos.

Y, sobre todo, necesitamos una investigación independiente, profunda y transparente.

CANINDEYÚ MERECE SABER LA VERDAD

Antonio Carrillo Mancuello y Catalino Ramón Correa Acevedo ya no pueden contar su versión.

Por eso resulta todavía más importante que las evidencias sean preservadas y examinadas con absoluto rigor.

La ciudadanía no está pidiendo impunidad para nadie.

Está pidiendo verdad.

Si realmente hubo un enfrentamiento, que las pruebas lo demuestren.

Si las armas fueron disparadas por los fallecidos, que las pericias lo confirmen.

Si existían vínculos con organizaciones criminales, que sean demostrados documentalmente.

Pero si existieron excesos, uso ilegítimo de la fuerza, torturas o ejecuciones, que también sean investigados hasta las últimas consecuencias.

En un Estado de Derecho no puede haber zonas oscuras cuando quienes disparan son agentes del propio Estado.

Las muertes de Antonio Carrillo Mancuello y Catalino Ramón Correa Acevedo deben ser esclarecidas.

No mediante comunicados.

No mediante versiones interesadas.

Mediante pruebas, pericias y Justicia.

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