Otorgan suspensión condicional de procedimiento a funcionaria de la fiscalía de Curuguaty

El Juez Ramón Alberto Florentín decidió no elevar a juicio oral y público un grave hecho de robo o extravío de arma de fuego, evidencia que fue incautado en otro procedimiento policial, que salpica a la funcionaria de la fiscalía de Curuguaty Alba Leticia Bogado, en cuya oficina estaba en guarda dicha evidencia.

ALBA BOGADO

8/11/21 – Curuguaty – Paraguay

Y es que al sustanciarse la audiencia preliminar el jueves 21 de octubre pasado, el magistrado decidió no elevar a juicio oral y público el caso, a pesar de la solicitud del agente fiscal investigador abogado Vicente Rodríguez Barreto quien colectó todas las evidencias que rodea el hecho “contra la administración pública, quebrantamiento del depósito”, para que sea discutido en una juicio oral y público. En contrapartida, dispuso la suspensión condicional del procedimiento por el plazo de un año con anuencia del fiscal denunciante Lucrecio Cabrera, con varias medidas como prohibición de salida del país, consumir drogas y bebidas alcohólicas, a mas de pagar la suma de GS 250 000 guaraníes por el plazo de 12 meses al hospital de Curuguaty.

El caso

En el año 2019, la asistente Alba Leticia Bogado Candia de la unidad especializada de lucha contra el narcotráfico de Curuguaty, fue puesta a disposición de la Dirección de Talentos Humanos del Ministerio Público luego de que se haya comprobado que un arma incautada durante un procedimiento correspondía a otra causa que estaba en su unidad.

Fue el propio fiscal Lucrecio Cabrera, responsable de dicha unidad quien a través de una nota al abogado Jorge Di Tani director del Departamento de Talentos Humanos, puso a disposición a su funcionaria para que sea investigada a través de un sumario administrativo por el supuesto hecho punible de quebrantamiento del depósito, al haber sospecha de que posiblemente haya vendido el arma de fuego, pistola de la marca DB-Nine incautado en diciembre del año 2018 con un cargador investigado en la causa 2269/18.

“Pero, llamativamente, el arma descrita más arriba fue incautada en otro procedimiento policial realizado en fecha 1 de agosto de 2019, del poder de Antonio Medina Navarro, cuya causa radica en la Unidad Penal 3, a cargo del agente fiscal Juan Daniel Benítez”, expresa el escrito de Cabrera.

El juez Ramón Alberto Florentín mencionó el artículo 21 del Código Procesal Penal (CPP), para favorecer a la procesada Alba Leticia Bogado, quien tuvo que aceptar la responsabilidad en el hecho. Dicho artículo expresa; “Si el imputado presta conformidad con la suspensión y admite los hechos que se le imputan, el juez dispondrá la suspensión condicional del procedimiento, siempre que el imputado haya reparado el daño ocasionado, haya firmado un acuerdo con la víctima en ese sentido o demostrado su voluntad de reparación”.

Con esta decisión, la funcionaria no irá a juicio oral y público y evitará eventualmente ir a prisión.

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