La jueza de Paz de Fernando de la Mora, Natalia Molas Ávalos, notificó al dirigente social, Elías Cabral, a través de la actuaria Daisy Caballero, esta última quien sería esposa de Tadeo Rojas, sobre una denuncia sobre supuesta violencia contra la mujer, luego de denunciar publicamente a una funcionaria del ministerio público.
19/10/26 / Redacción Central

La disposición judicial prohíbe al coordinador de la organización de adultos mayores acercarse a la denunciante y realizar publicaciones en redes sociales o medios de comunicación que puedan afectarla. También se ordena la intervención de la Policía Nacional para el cumplimiento de las medidas.
El Juzgado de Paz de Fernando de la Mora, a través de un oficio fechado el 18 de octubre de 2026 y firmado por la actuaria judicial, abogada Daisy Caballero, comunicó a la Policía Nacional una serie de medidas de protección dictadas contra Elías Cabral Estigarribia, en el marco de una denuncia promovida por una funcionaria de la fiscalía, por supuesta violencia contra la mujer.
Según el documento judicial, las disposiciones fueron adoptadas mediante un auto interlocutorio de fecha 16 de octubre de 2026, en una causa tramitada ante el Juzgado de Paz de Fernando de la Mora.
PROHIBICIÓN DE ACERCAMIENTO Y PUBLICACIONES
Entre las medidas ordenadas figura la prohibición de acceso de Elías Cabral al domicilio de la denunciante, ubicado en la ciudad de Fernando de la Mora, así como la prohibición de acercarse a los lugares que ella frecuenta.
La resolución también establece que Cabral deberá abstenerse de realizar actos u omisiones que constituyan agresiones contra la recurrente, bajo advertencia de la aplicación de las sanciones legales correspondientes en caso de incumplimiento.
Otro de los puntos dispone la prohibición de realizar publicaciones en redes sociales u otros medios de comunicación que afecten a la denunciante.
Esta última disposición adquiere particular relevancia por la actividad periodística y de comunicación pública que desarrolla Cabral, aunque el documento no establece una prohibición general de ejercer el periodismo ni de utilizar las redes sociales.
FIJAN AUDIENCIA RATIFICATORIA
El oficio también dispone la realización de una audiencia ratificatoria para la denunciante y una audiencia de sustanciación del procedimiento para Elías Cabral.
Asimismo, se ordena librar las comunicaciones correspondientes a la Policía Nacional, con el objetivo de garantizar el cumplimiento de las medidas judiciales.
MEDIDAS PREVENTIVAS, NO UNA CONDENA
Es importante señalar que las restricciones comunicadas por el Juzgado de Paz constituyen medidas de protección dictadas dentro de un procedimiento judicial y no representan, por sí mismas, una declaración de culpabilidad ni una condena penal contra el denunciado.
El documento tampoco expone los hechos concretos que motivaron la denuncia ni incorpora las pruebas presentadas por las partes.
En consecuencia, será necesario conocer los antecedentes del expediente y las posiciones de ambas partes para establecer el contexto completo de la controversia.
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